Líneas de crédito

Es un crédito que facilita recursos a los asociados, para la adquisición bienes y servicios, que contribuyan al mejoramiento de su calidad de vida y la de su familia.

  • Cupo: hasta 25 SMMLV
  • Plazo: hasta 48 meses

Son los recursos destinados a facilitar la consolidación de deudas con terceros el sector financiero, para mejorar el flujo de efectivo de los asociados.

  • Cupo: hasta 50 SMMLV
  • Plazo: hasta 60 meses

Requisitos:

  • El monto solicitado es exclusivamente para la compra de cartera.

  • El pago lo hará la Cooperativa directamente a la entidad o persona natural acreedora.

  • Presentar los certificados de deuda, los cuales deben estar a nombre del asociado en calidad de titular.

Se establece un periodo de ocho (8) días calendario para que el asociado entregue, ante la administración de la Cooperativa, los documentos que soportan el pago de los recursos.

 

Es aquel que le permite al asociado mejorar su calidad de vida y la de su grupo familiar primario, a través de la adquisición de vivienda nueva o usada, o del mejoramiento de la vivienda actual.

Este crédito puede ser utilizado en:

  • El mejoramiento de la vivienda de habitación a través de la remodelación, reparación o ampliación de la misma.

  • La adquisición de lotes o mejoras con el propósito de construir, en un futuro, la vivienda del asociado y su grupo familiar primario. En este caso el desembolso del crédito se efectuará directamente a favor del propietario actual del Inmueble.

  • La adquisición de Vivienda Nueva o Usada. En cuyo caso el desembolso del crédito se efectuará directamente a favor del propietario actual del Inmueble o de la Constructora, Caja de Compensación o Entidad que desarrolla y/o financia el proyecto.

  • El pago de obligaciones hipotecarias con terceros u otras Entidades Financieras, correspondientes a créditos de vivienda del Asociado. En este caso el desembolso se efectuará directamente a favor de la Entidad Financiera o tercero con el cual se tiene vigente la obligación hipotecaria.

  • Gastos Notariales y de legalización de la vivienda.
 

Para otorgar el crédito de vivienda no se tendrá en cuenta el endeudamiento que el asociado tenga en la Cooperativa cuando la garantía sea la Hipotecaria, sin embargo, sí se tendrá en cuenta su capacidad de pago.

Para los créditos de vivienda se tendrá en cuenta el ingreso familiar.

 

El ingreso se considerará como la sumatoria de todos los ingresos debidamente certificados y comprobados del asociado y su cónyuge o compañera(o) permanente, debiendo éste(a) firmar el pagaré, convirtiéndose en codeudor solidario. El ingreso familiar se tendrá en cuenta para medir la capacidad de pago a los Asociados que solicitan crédito por la línea de Vivienda.

Requisitos para el crédito de Vivienda:

El Asociado deberá presentar, con la solicitud de crédito, los documentos probatorios que respalden su petición en cuanto a clase y valor del crédito, de acuerdo con las siguientes condiciones:

  • Para mejoramiento de la Vivienda: Certificado de tradición del bien inmueble del asociado o de su grupo familiar (vigencia no superior a 30 días), presupuesto y cotizaciones del caso.
  • En caso de requerirse, se elaborará el informe de visita domiciliaria, visita que será efectuada por un funcionario de la cooperativa para verificar la necesidad planteada por el asociado.
  • Adquisición de Lotes o Vivienda Usada: Certificado de tradición del bien inmueble (vigencia no superior a 30 días). Una vez aprobado el crédito, para su respectivo desembolso se requerirá promesa de compraventa debidamente suscrita y autenticada.
  • Adquisición de Vivienda Nueva y/o pago de cuotas iniciales: Certificado de la Entidad que adelanta el proyecto y documentos que certifiquen la intención de compra.
  • Pago de obligaciones hipotecarias: Certificado o extracto reciente en el cual conste el saldo de la deuda, anexando el certificado de tradición del inmueble con vigencia no superior a 30 días.

Pólizas de seguros. 

Cuando se ofrece garantía hipotecaria de la obligación, el asociado debe constituir una póliza de seguro contra todo riesgo, en la cual, la Cooperativa, debe figurar como primer beneficiario. Esta póliza se debe renovar anualmente con cargo al asociado.

Costos de la constitución de las garantías. 

Los costos que se causan en la constitución de las garantías admisibles serán a cargo del Asociado deudor y deberá hacerlo dentro de los treinta (30) días calendario de aprobado el crédito.

Se podrá efectuar el desembolso parcial para constituir las garantías exigidas en la aprobación del crédito.

Vigencia de la aprobación del Crédito

A partir de la fecha de aprobación, el Asociado tendrá un plazo máximo de 30 días calendario para utilizar el crédito, A excepción de los créditos con garantía hipotecaria cuyo plazo será 180 días.

Vencidos los términos el Asociado deberá tramitar una nueva solicitud.

En todo caso los documentos antes del desembolso deben tener una vigencia de 30 días calendario.

 

El crédito de EDUCACIÓN será el otorgado   para facilitar al Asociado, su cónyuge y sus hijos el acceso a la capacitación en educación formal y no formal con los siguientes destinos:

  • Educación Básica Primaria y Básica Secundaria.

  • Educación Media, Vocacional y Capacitación para el trabajo.

  • Educación Superior de Nivel Técnico, Tecnológico, Pregrado, Postgrado, Diplomado, Maestría, Doctorado y Postdoctorado.

  • Adquisición de útiles escolares y uniformes.

  • Para pago de obligaciones para estudio con entidades financieras.

  • Cupo: hasta 20 SMMLV
  • Plazo: hasta 24 meses

Requisitos:

  • Constancia de la entidad beneficiaria del pago.

Se establece un periodo de 8 días calendario para que el asociado entregue, ante la administración de la Cooperativa, los documentos que soportan el pago de los recursos y su destinación.

 

Crédito destinado a financiar al empresario el capital de trabajo para la compra de materia prima, inventarios, adecuación de local, estantería, maquinaria, entre otros, logrando maximizar la rentabilidad en su negocio.

  • Cupo: hasta 40 SMMLV
  • Plazo: hasta 36 meses

Requisitos:

  • Presentar el proyecto, anteproyecto o idea de negocio, por escrito, con los parámetros definidos por la administración.

Se hará un seguimiento al proyecto que incluye visita al establecimiento o negocio y se exigirán facturas o documentos que acrediten el uso adecuado del dinero desembolsado.

Se entenderá por Crédito Vehículo o Motocicleta, al que se otorga para la compra de vehículo nuevo o usado, o para el pago de deudas en entidades financieras, a nombre del asociado, por este concepto.

  • Cupo: hasta 40 SMMLV
  • Plazo: hasta 60 meses

Requisitos:

  • En este crédito se incluye la compra de vehículo y los gastos legales como, matrículas, pago de impuestos, Soat, constitución de la prenda, compra de la póliza todo riesgo, peritajes, entre otros.

  • El asociado deberá aportar la siguiente documentación, para soportar los gastos enunciados en el punto anterior. dentro de los 15 días siguientes al otorgamiento del crédito.

Para Vehículos nuevos

  • Factura de compra.
  • Copia de licencia de tránsito.
  • Póliza todo riesgo (si el vehículo es garantía del crédito).

Para Vehículos usados

  • Promesa de compra venta.
  • Copia de licencia de tránsito.
  • Revisión Técnico-mecánica. (En caso de que esté obligado a efectuarla).

  • Póliza todo riesgo (si el vehículo es garantía del crédito).

Para pagos a otras entidades

  • Copia de licencia de tránsito, donde se evidencie el trámite efectuado.

  • Póliza todo riesgo (si el vehículo es garantía del crédito).

Esta línea de crédito puede ser utilizada en los siguientes casos:

Necesidades familiares: originadas por casos fortuitos comprobados que afecten la salud o patrimonio del Asociado o su grupo familiar.

Casos Fortuitos: Incendio, explosión, terrorismo e inundación de la vivienda y desastres causados por fenómenos naturales en sus bienes muebles e inmuebles.

Casos de Muerte: del cónyuge del Asociado, hijos, padres, hermanos o personas de su entorno familiar.

Casos de Salud: Son los recursos destinados para los gastos médicos no incluidos en el plan obligatorio de salud del asociado y su familia. Se excluirán de esta línea procedimientos estéticos.

  • Cupo: hasta 6 SMMLV
  • Plazo: hasta 24 meses

Requisitos:

  • El Asociado deberá presentar, con la solicitud de crédito, los documentos probatorios que respalden su petición y los que, a criterio de la instancia de aprobación respectiva, se consideren necesarios para establecer la clase y valor del crédito.

  • El desembolso se hará a la entidad, cuando la situación lo amerite.

  • Se establece un periodo de 15 días calendario para que el asociado entregue, ante la administración de la Cooperativa, los documentos que soportan el pago de los recursos.

Crédito de consumo destinado al alivio financiero del asociado que se encuentre reportado en el sistema financiero tradicional, con cartera castigada o en cobro jurídico.

  • Cupo: hasta 20 SMMLV
  • Plazo: hasta 24 meses

Requisitos:

  • El dinero se gira directamente a los acreedores.

  • El informe de las centrales de riesgo es requerido para llevar a cabo el estudio de esta línea de crédito.

  • Se establece un periodo de ocho (8) días calendario para que asociado entregue, a la administración de la Cooperativa, los documentos que soportan el pago de las deudas recogidas.

  • El asociado no podrá acceder a ninguna línea de crédito, hasta que el Credialivio esté pagado en su totalidad.

 

Crédito de libre destinación, respaldado con los aportes del asociado. Este crédito no requiere consulta en centrales de riesgo.

  • Cupo: hasta 100% de sus aportes.
  • Plazo: hasta 24 meses

Requisitos:

  • Diligenciar solicitud de crédito.

Ocasionales:

Es una línea de crédito, diseñada por el Consejo de Administración, para atender situaciones que ameriten un tratamiento que no esté contemplado en las líneas de crédito existentes.

Su reglamentación está a cargo del consejo de Administración, y se lleva a cabo cuando se presente la ocasión.

 

    

Creditos de Servicios

Es un crédito de cuantía menor para cubrir necesidades urgentes del asociado y no afecta su cupo de crédito.

  • Cupo: hasta uno (1) salario mínimo mensual legal vigente.
  • Plazo: hasta 12 meses

Requisitos:

  • Diligenciar solicitud de crédito de servicios.
  • Firma de pagaré de servicios y carta de instrucciones.

Crédito para la adquisición de Seguros de Vida, Salud, Vehículo, Vivienda, entre otros.

Requisitos:

  • Presentar cotización emitida por la empresa aseguradora o donde tenga convenios la Cooperativa.

Línea de crédito diseñada para que el asociado pueda acceder a la compra del soat para su vehículo y para los vehículos de sus familiares y amigos.

  • Cupo: Valor del Soat sin exceder de uno (1) smmlv.
  • Plazo: Hasta 12 meses

Requisitos:

  • Diligenciar solicitud de crédito de servicios.
  • Firma de pagaré de servicios y carta de instrucciones.

    

Condiciones generales créditos de consumo

Como condiciones generales para las líneas de crédito se establecen las siguientes:

  • La amortización se hará mediante el sistema de cuota constante sin perjuicio de la posibilidad de pactar cuotas extraordinarias hasta por el 50% (Descuento por libranza) de las primas proyectadas en forma fija durante toda la vida del crédito. En el caso de los asociados que no reciban prima de ley podrán comprometer cuotas extraordinarias hasta por el 50% del valor del crédito.

  • El asociado podrá realizar abonos extraordinarios o cancelación total de un crédito en cualquier momento, para lo cual deberá consignar en las cuentas establecidas para la cooperativa, el saldo correspondiente.

  • El saldo de un crédito podrá ser recogido al solicitar un nuevo crédito siempre y cuando se haya cancelado como mínimo el 25% de este, pudiendo realizar esta operación hasta dos veces en el año.

  • El cupo de crédito estará dado por la capacidad de pago del Asociado.

  • La tasa de interés será establecida por el Consejo de Administración periódicamente de acuerdo con las condiciones del mercado y la situación financiera de la Cooperativa. Cuando por disposiciones de la Entidad reguladora de las tasas de interés la tasa pactada sea superior al límite máximo permitido, ésta se ajustará a lo establecido por la norma en cada caso.

  • La Cooperativa contratará con una compañía reconocida de seguros, un seguro de vida deudores que le permita recuperar los valores adeudados por los Asociados en caso de fallecimiento o declaración de incapacidad permanente y total.

  • El asociado podrá utilizar todas las líneas siempre y cuando tenga capacidad de pago.

  • El otorgamiento del crédito estará sujeto a la disponibilidad de recursos por parte de la Cooperativa, la cual programará su flujo de caja y los préstamos a desembolsar, una vez cumplidos los requisitos en el presente reglamento.

    

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