En pos de ejercer control sobre la evasión, la Dian estableció los nuevos plazos para que este año las entidades sin ánimo de lucro (Esal) realicen el registro exigido, a través de la web de la autoridad tributaria, para seguir en el régimen especial de tributación.
La medida rige tanto para las que realizaron el registro el año pasado (fundaciones, asociaciones y corporaciones) como para las cooperativas y mutuales, que por primera vez cumplirán el requisito.
Hay que destacar que se trata de un trámite obligatorio, con el cual las Esal se juegan la permanencia en el régimen especial, que les permite una rebaja a la hora de presentar la declaración de renta.
De esa manera, los plazos últimos para el registro serán entre el 22 y el 29 de marzo, de acuerdo con el último dígito del NIT, empezando por 0 y 9 en la primera fecha de vencimiento (22 de marzo), para seguir con los terminados en 8 y 7 el 26 de marzo y así, hasta al 2 y 1, que tendrán la última oportunidad el 29 de marzo.
En octubre del año pasado, tras los lineamientos que dio la reforma tributaria del 2016, concluyó el proceso de ‘depuración’ de las Esal.
En ese momento, de 170.000 que existían, solo quedaron 25.000 que cumplieron con todos los requisitos. Un gran volumen de ellas (100.000) manifestaron voluntariamente su deseo de ser excluidas del régimen especial.
En el caso de las cooperativas, de las cuales hay alrededor de 4.000, según expresa Carlos Acero, presidente de Confecoop, gremio que las asocia, “somos los primeros en celebrar que se haga este registro. Más aún, porque hasta el momento la Dian tiene toda la información de las cooperativas que operan en la formalidad. Somos viejos reportantes, por eso, los requisitos para las cooperativas son menos de los que les piden a las demás Esal”.
Soraya Montoya, directora de la Fundación Saldarriaga Concha y una de las integrantes de la comisión de expertos tributarios que hizo recomendaciones para la reforma del 2016, expresó que en esta oportunidad también fueron llamadas a reportar algunas universidades que no se incluyeron el año pasado.
Montoya subrayó que es clave que cada año se renueve la permanencia de las Esal en el régimen especial, lo que se controla con la documentación que les exige la Dian: “Deben presentar los estados financieros auditados, los excedentes, los miembros de la junta directiva, de manera que se pueda identificar si están cumpliendo los requisitos para ser sin ánimo de lucro”, por ejemplo que no estén repartiendo la plata de las utilidades, sino reinvirtiendola en los fines sociales que deben perseguir las Esal.
Por lo pronto, para cumplir el requisito de registrarse o actualizar su registro.
Tomado de: Diario El Tiempo – Colombia
https://www.eltiempo.com/economia/empresas/impuestos-para-entidades-sin-animo-de-lucro-336508